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POLÍTICAS ESPECIALES

Ejecutivos de compañías internacionales con funciones en el extranjero

Texto informativo basado en el documento oficial enlazado. Documento oficial ↗

Fuente consultada: 03/11/2026

Requisitos del trámite

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REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN

REQUISITOS PARA SOLICITAR PERMISO DE PERSONAL CONTRATADO COMO EJECUTIVOS DE COMPAÑÍAS INTERNACIONALES, CUYAS FUNCIONES SURTEN EFECTOS EN EL EXTRANJERO

Artículo 144: Podrá solicitar permiso de personal contratado como ejecutivo de compañía internacional, cuyas funciones surten efectos en el extranjero, el extranjero que ingresa al territorio nacional temporalmente como ejecutivo o representante de nivel directivo -operatorio de empresas extranjeras de carácter internacional con oficinas filiales o de representación en Panamá que tengan una casa matriz en el extr anjero, al tenor de lo establecido en el Decreto de Gabinete 363 de 17 de diciembre de 1970.

1. Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la nacionalidad de los padres del solicitante.

2. Tres (3) fotografías.

3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado correspondiente).

4. Certificado de Antecedentes Penales.

5. Certificado de Salud.

6. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.

7. Certificación de la existencia de la empresa en el país de origen o certificado emitido por el Registro Público de Panamá, en el que se certifique la inscripción de la empresa madre o la filial panameña.

8. Carta de referencia bancaria expedida por un banco local o internacional a favor de la casa matriz.

9. Carta de trabajo de la casa matriz donde determine lo siguiente:

a. El cargo y las funciones del solicitante.

b. Salario que d evenga que no puede ser inferior a dos balboas (B/.2,000.00) mensuales y que el mismo no proviene de fuente panameña.

c. Ubicación de la empresa filial tanto de la República de Panamá como la casa matriz en el extranjero.

10. Previo a la presentación de la solic itud de la Prórroga o del Permiso de residente temporal de personal contratado como ejecutivo de compañías internacionales cuyas funciones surten efectos en el extranjero, el representante legal de peticionario deberá solicitar una inspección a la oficina filial o de representación de la empresa extranjera en la República de Panamá a objeto de verificar su existencia en nuestro país.

11. La casa matriz o filial deberá tener al menos diez (10) años de fundada.

12. Debe aportar además Estados financieros de los últimos dos (2) años de la casa matriz o filial en Panamá.

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REQUISITOS PARA SOLICITAR PRÓRROGA DEL DE PERSONAL CONTRATADO COMO EJECUTIVOS DE COMPAÑÍAS INTERNACIONALES, CUYAS FUNCIONES SURTEN EFECTOS EN EL EXTRANJERO

Para solicitar prórroga, deberá presentar los requisitos mencionados en el artículo anterior con excepción del Certificado de Antecedentes Penales.

FUNDAMENTO LEGAL: Constitución Política de Panamá, Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2088, artículos 144, 145, 146 y 147 del Decreto Ejecutivo No. 320 de 08 de agosto de 2008 , modificado por la Resolución No. 13931 de 08 de junio de 2016, modificada por la Resolución No. 28404 de 15 de noviembre de 2016.

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