REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
REQUISITOS PARA SOLICITAR PERMISO DE TRABAJADOR CONTRATADO EN PUESTO DE CONFIANZA, EJECUTIVOS EXPERTOS Y/O TÉCNICOS EN EMPRESAS DENTRO DE ZONAS FRANCAS
Artículo 136: Podrá solicitar este permiso el extranjero contratado en calidad de personal de confianza, ejecutivo, experto y/o técnico en empresas autorizadas como Promotora u Operadora de Zonas Procesadoras para la Exportación o por empresas establecidas dentro de las Zonas y se regirán por lo dispuesto en la Ley 25 de 1992.
1. Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la nacionalidad de los padres del solicitante.
2. Tres (3) fotografías.
3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado correspondiente).
4. Certificado de Antecedentes Penales.
5. Certificado de Salud.
6. Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.
7. Cheque Certificado por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales
9. Certificación expedida por la Dirección de la Zona Procesadora en donde se acredite que la empresa, Promotora u Operadora se encuentra establecida en el área.
10. Certificación expedida por el Promotor de la Zona Procesadora, acreditando la necesidad del permiso conforme al estudio presentado por la empresa.
11. Carta de responsabilidad de la empresa, que acredite el cargo y los servicios que presta el solicitante, firmada por su representante legal.
12. Permiso de Trabajo y copia del carné.
REQUISITOS PARA SOLICITAR PRÓRROGA DEL PERMISO DE TRABAJADOR CONTRATADO EN PUESTO DE CONFIANZA, EJECUTIVOS EXPERTOS Y/O TÉCNICOS EN EMPRESAS DENTRO DE ZONAS FRANCAS
Para solicitar prórroga, deberá presentar los requisitos mencionados en el artículo anterior con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques. Adicionalmente el solicitante deberá presentar:
1. Certificado de la Caja de Seguro Social que acredite el pago de nueve (9) cuotas consecutivas.
FUNDAMENTO LEGAL: Constitución Política de Panamá, Ley 25 de 1992, Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, artículos 136, 137, 138 y 139 del Decreto Ejecutivo No. 320 de 08 de agosto de 2008, Ley 38 de 2000.
