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POLÍTICAS ESPECIALES

Investigador de la Fundación Ciudad del Saber

Texto informativo basado en el documento oficial enlazado. Documento oficial ↗

Fuente consultada: 03/11/2026

Requisitos del trámite

Página 1

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN

REQUISITOS PARA SOLICITAR PERMISO TEMPORAL EN CALIDAD INVESTIGADOR DE LA FUNDACIÓN CIUDAD DEL SABER

Artículo 108: Podrá solicitar este permiso de la Fundación Ciudad del Saber, el extranjero que ingrese al territorio nacional como investigador, profesor, empresario, técnico o estudiante. Para aplicar a estas subcategorías, los solicitantes no requieren presentar los requisitos establecidos en los numerales 2 y 4 del artículo 28 del Decreto Ley.

1. Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la nacionalidad de los padres del solicitante.

2. Tres (3) fotografías.

3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado correspondiente).

4. Certificado de Salud.

5. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.

6. Certificación de la Fundación Ciudad del Saber a través de su Director Ejecutivo, en la cual se haga constar la existencia de la empresa, la labor que realiza el extranjero y el término de su estadía en nuestro país.

7. Carta de responsabilidad de la empresa donde conste la actividad del investigador y el salario a devengar.

REQUISITOS PARA SOLICITAR PRÓRROGA DEL PERMISO TEMPORAL EN CALIDAD DE INVESTIGADOR DE LA FUNDACIÓN CIUDAD DEL SABER

Para solicitar prórroga, deberá presentar los requisitos mencionados en el artículo anterior.

FUNDAMENTO LEGAL: Constitución Política de Panamá, Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 20 08, artículos 108, 109 y 110 del Decreto Ejecutivo No. 320 de 08 de agosto de 2008, Ley 38 de 2000.

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