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POLÍTICAS ESPECIALES

Inversionista de centros de llamadas para la exportación

Texto informativo basado en el documento oficial enlazado. Documento oficial ↗

Fuente consultada: 03/11/2026

Requisitos del trámite

Página 1

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN

REQUISITOS PARA SOLICITAR PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE POR POLÍTICAS ESPECIALES INVERSIONISTA DE CENTROS DE LLAMADAS PARA USO COMERCIAL (CALL CENTER) PARA LA EXPORTACIÓN (PPT-ICALL)

Artículo 214: “Podrá solicitar este permiso el extranjero que invierta en empresa cuya actividad sea brindar servicios de centros de llamadas para uso comercial (call center) para exportación. Tal como lo establece el Decreto Ejecutivo 97 del 20 02, serán similares y debe rán cumplir con los mismos requisitos de los Permisos de Residentes Permanentes de las Zonas Procesadoras para la Exportación”.

1. Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la nacionalidad de los padres del solicitante.

2. Tres (3) fotografías.

3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado correspondiente).

4. Certificado de Antecedentes Penales.

5. Certificado de Salud.

6. Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.

7. Cheque Certificado por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.

8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.

9. Certificación sobre la inversió n, expedida por Dirección Nacional de Promoción de las Exportaciones del Ministerio de Comercio e Industrias.

10. Certificación expedida por la Autoridad de los Servicios Públicos acreditando que la empresa tiene licencia y actualmente está presentando el s ervicio de Call Center.

11. Carta bancaria donde se especifique la procedencia de los fondos.

REQUISITOS PARA SOLICITAR PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE POR POLÍTICAS ESPECIALES INVERSIONISTA EN ZONAS PROCESADORAS PARA LA EXPORTACIÓN (PRP-IZOP)

Para solicitar la Permanencia Definitiva se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los Cheques, adicionalmente deberá presentarse:

1. Paz y salvo Nacional de Renta a favor de la empresa.

FUNDAMENTO LEGAL: Constitución Política de la República de Panamá, Decreto Ejecutivo 97 de 2002, Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008, Decreto Ejecutivo No. 320 de 08 de agosto de 2008, Artículos 214, 215, 216, modificado mediante Decreto Ejecutivo No. 26 de 02 de marzo de 2009, Ley 38 de 2000.

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