REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
REQUISITOS PARA LA VISA DE TURISTA EN TRÁNSITO,
DECRETO EJECUTIVO No. 451 DEL 24 DE JUNIO DE 2020
Artículo 2: Podrá ser solicitada por los ciudadanos haitianos, No Residentes, que deseen transitar por nuestro territorio. Esta visa podrá ser otorgada hasta por un periodo máximo de veinticuatro (24) horas y solo autoriza al migrante a permanecer en el área de tránsito internacional del aeropuerto, con la finalidad de que pueda continuar su viaje.
Artículo 3: Esta visa deberá ser solicitada personalmente por el interesado ante el consulado panameño del país en que se encuentre, con un plazo mínimo de quince (15) días hábiles anteriores a la fecha de viaje.
1. Complementar el formulario de la solicitud de la visa de turista en tránsito.
2. Dos (2) fotografías tamaño carnet.
3. Copia del pasaporte con vigencia mínima de tres (03) meses.
4. Reservación aérea comprobada con itinerario de continuación del viaje.
5. Copia del documento de identidad o carnet de residencia, con vigencia mínima de seis (6) meses.
6. Comprobante de pago de los derechos consulares.
7. Carta de invitación de la persona natural o jurídica responsable en el país de destino (en caso de proceder), adjuntando a la misma:
a. Copia del documento de identidad de la persona responsable em el país de destino.
b. Documento que demuestre el domicilio en el país de destino.
c. En caso de persona jurídica aportar documento que demuestre la existencia de la misma. Cuando la solicitud sea para persona menor de edad, deberá hacerse por uno de sus progenitores o quien tenga la tutela debidamente acreditada.
