REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN REQUISITOS PARA SOLICITAR VISA DE TURISTA Artículo No. 16: "Las Autoridades Migratorias del Servicio Nacional de Migración expedirán visas de turismo válidas por un término no mayor de noventa (90) días, si los extranjeros cumplen con los requisitos exigidos por este reglamento y sin perjuicio de lo que establezcan los acuerdos internacionales ratificados por la República de Panamá y los principios de reciprocidad". Artículo No. 17: Para la aplicación de la visa de turismo, los interesados deben presentar la siguiente documentación: 1. Completar el formulario de solicitud de visa. 2. Presentar original y copia completa del pasaporte o documento de viaje con un mínimo de tres (3) meses de vigencia. 3. Reservación aérea comprobada con itinerario de continuación del viaje o tiquete electrónico. 4. Copia del documento de identificación o carné de residencia del país donde tenga su domicilio. 5. Aportar tres (3) fotografías; cuando las solicitudes de visa se presenten en el exterior, exceptuando la visa de turista presentada ante el Servicio Nacional de Migración en la República de Panamá. 6. Pagar por los servicios migratorios la suma de cincuenta balboas (/ 50.00), al momento de la presentación ante el Servicio Nacional de Migración. 7. Prueba de solvencia económica para su manutención y sustento según el término de estadía en el país, la cual no podrá ser inferior a quinientos balboas (B/.500.00) y se demostrará con alguna de las siguientes opciones: 7.1. Cheque certificado o giro bancario a nombre del solicitante. 7.2. Cheques viajeros a nombre del solicitante. 7.3. Certificación bancaria, con estado de cuenta del último mes que refleje saldos disponibles 7.4. Tarjeta de crédito con el estado de cuenta del último mes que refleje saldos disponibles.
Visa de turista
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Fuente consultada: 03/11/2026Requisitos del trámite
7.5. Certificado de trabajo con último recibo de sueldo o acreditación de trabajador independiente, en caso de tratarse de un empleado de entidad pública o privada. 7.6. Documento que demuestre la pensión o jubilación con su comprobante de pago; de tratarse de una persona pensionada o jubilada. 7.7. De ser independiente: declaración de renta del último año fiscal. 7.8. Referencia bancaria, si se trata de un comerciante. 7.9. Carta de responsabilidad, certificación que compruebe el parentesco y prueba de solvencia económica si se trata de una persona económicamente dependiente. 7.10. Cualquier otra opción que pruebe su ingreso y que sean aceptable para el Servicio Nacional de Migración. 8. Aportar el último permiso que le fue aprobado por la autoridad migratoria (si procede). 9. Reservación de hotel confirmada, (si procede). 10.Presentar, si procede, carta de invitación, en cuyo caso podrá ser realizada por: 10.1. Residentes temporales o permanentes o panameños desde Panamá, adjuntando lo siguiente según el caso: 10.1.1. Copia autenticada de cédula de identidad personal del nacional. 10.1.2. Copia de las generales del pasaporte y del documento de identificación personal del extranjero. 10.1.3. Copia de recibo de pago por la prestación de servicios públicos, donde conste la ubicación de la residencia del responsable. 10.2. Entidades privadas, adjuntando lo siguiente: 10.2.1. Certificación del Registro Público. 10.2.2. Copia del Aviso de Operaciones. 10.2.3. Copia de la clave de operación de la Zona Libre de Colón (si procede). 10.2.4. Copia de recibo de pago por la prestación de servicios públicos donde conste la ubicación de la empresa responsable. 11. De aplicarse el numeral anterior, la solvencia económica del responsable que invita, podrá acreditarse con alguno de los siguientes documentos: 11.1. Certificación bancaria 11.2. Declaración de renta con su paz y salvo. 11.3. Carta de trabajo con última ficha de la Caja de Seguro Social en el caso de personas naturales. Cuando se trata de una persona menor de edad, la solicitud de esta visa la deberá hacer uno de sus progenitores o quien tenga la guarda y crianza debidamente acreditada.
Artículo No. 17- A: 1 La entidad estatal que invite a un extranjero que requiera visa de turismo para ingresar al territorio nacional o solicite su entrada, deberá aportar los siguientes requisitos comunes: 1. Presentar carta de invitación o la solicitud, especificando el nombre, la nacionalidad del extranjero y el término de su estadía. 2. Copia simple del pasaporte vigente. 3. Completar el formulario de solicitud de visa. 4. Presentar copia de documento de identificación y credenciales a través de la Entidad Estatal, si aplica. 5. Presentar reservación de viaje con itinerario comprobado 6. Presentar reservación de Hotel confirmado, si procede. FUNDAMENTO LEGAL: Constitución Política de la República de Panamá, Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008, Artículo 17 del Decreto Ejecutivo No. 320 de 08 de agosto de 2008, modificado mediante Decreto Ejecutivo No. 26 de 02 de marzo de 2009, Ley 38 de 2000.
