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NO RESIDENTES

Visa de trabajadores de espectáculos

Texto informativo basado en el documento oficial enlazado. Documento oficial ↗

Fuente consultada: 03/11/2026

Requisitos del trámite

Página 1

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN

REQUISITOS PARA SOLICITAR VISA DE TRABAJADORES DE ESPECTÁCULOS

Artículo No. 35: “Podrá solicitar esta visa la empresa que contrate a un extranjero para laborar en actividades de espectáculos, por el término máximo (9) nueve meses no prorrogables, siempre y cuando dicha empresa llene los requisitos y responsabilidades que exija el Servicio Nacional de Migración”.

1. Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la nacionalidad de los padres del solicitante.

2. Tres (3) fotografías.

3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado correspondiente).

4. Certificado de Antecedentes Penales.

5. Certificado de Salud, debidamente expedido por una institución de salud pública, dentro de los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y debidamente acompañado de los siguientes exámenes médicos: prueba de VIH, resultados de VDRL y exámenes generales (tórax, hemograma, orina y heces).

6. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.

7. Documento de identidad del país de origen o permiso de residencia.

8. Comprobante de afiliación a la Caja de Seguro Social.

9. Depósito de Garan tía, a cuenta de la empresa contratante, a favor del Servicio Nacional de Migración, por la suma de mil balboas (B/1,000.00).

10. Permiso de trabajo.

11. Copia del tiquete electrónico de regreso pagado.

12. Comprobante de la reserva de hotel o del lugar de alojamiento.

13. Paz y salvo nacional de la empresa solicitante.

14. Paz y salvo de la Caja de Seguro Social de la empresa solicitante.

15. Carta de responsabilidad de la empresa.

16. Comprobante de pago del impuesto sobre la renta correspondiente al valor del contrato de trabajo.

17. Declaración jurada del extranjero ante notario panameño.

18. Recibo de pago por Servicio Migratorio por el monto de B/. 250.00

19. Formulario de solicitud de visa de trabajadora de espectáculo.

“Por no tratarse de un permiso de residente temporal o residente permanente el interesado no tendrá que consignar el depósito de repatriación”.

Constitución Política de la República de Panamá, Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008 y Artículo 35, 36,37 y38 del Decreto Ejecutivo No. 320 de 08 de agosto de 2008, modificado mediante Decreto Ejecutivo No. 26 de 02 de marzo de 2009, Ley 38 de 2000. Resolución no. 20581 del 26 de octubre de 2011.

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