REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
REQUISITOS PARA SOLICITAR VISA DE CORTA ESTANCIA POR TRATAMIENTO MÉDICO
Artículo 52 : “Podrá solicitar esta visa el extranjero que compruebe que será sometido a un tratamiento médico en hospitales y clínicas públicas o privadas que no exceda de nueve (9) meses”.
1. Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la nacionalidad de los padres del solicitante.
2. Tres (3) fotografías.
3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado correspondiente).
4. Certificado de Antecedentes Penales.
5. Certificado de Salud.
6. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
7. Formulario de solicitud de visa.
8. Certificación médica del país de procedencia, en la que acredite la enfermedad o el tratamiento requerido, firmada y con el sello, nombre, código y numero de registro del médico que la expide.
9. Carta del centro médico en la República de Panamá, en la cual se confirme que el solicitante será o se encuentra hospitalizado o recibiendo tratamiento ambulatorio, el nombre del médico que lo atiende, la dolencia que se está tratando y la duración del tratamiento con su costo aproximado.
10. Prueba de la solvencia económica del solicitante, de un familiar residente, del tutor designado o del acompañante.
11. Pago de gastos por servicios migratorios, por la suma de cien balboas (B/.100.00) a favor del Servicio Nacional de Migración.
12. Reservación aérea comprobada con itinerario de continuación del viaje.
13. Copia del documento de identificación o carné de residencia del país donde tenga su domicilio, si lo hubiera.
14. Reservación del hotel confirmada, si procede.
FUNDAMENTO LEGAL: Constitución Política de la República de Panamá, Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008, Artículo 46, 52 y 53 del Decreto Ejecutivo No. 320 de 08 de agosto de 2008, modificado mediante Decreto Ejecutivo No. 26 de 02 de marzo de 2009, Ley 38 de 2000.
