REPÚIBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE POR LEYES ESPECIALES TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Y LA REPÚBLICA DE ITALIA (PRP-CPI)
Conceder el permiso exclusivamente a los extranjeros de nacionalidad italiana que deseen establecer su residencia indefinidamente en nuestro país. Este Permiso es de forma indefinida por lo que no requerirá de prórroga.
1. Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la nacionalidad de los padres del solicitante.
2. Tres (3) fotografías.
3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado correspondiente).
4. Certificado de Antecedentes Penales.
5. Certificado de Salud.
6. Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.
7. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
8. Documento que demuestre la finalidad para establecer su residencia - actividad económica o profesional a realizar: - Certificado de Acciones, liberadas y pagadas y acciones nominativas. - Contrato de trabajo refrendado por ministerio de trabajo “Salario no inferior 850.00”. - Registro público de la empresa en cualquiera de los casos.
9. Prueba de que el residente cuenta con la solvencia económica suficiente, la cual podrá acreditarse mediante una certificación bancaria o estado de cuenta del último mes que refleje saldo de por lo menos cuatro cifras medias u otra que demuestre sus ingresos y que sea aceptable por el Servici o Nacional de Migración.
10. Copia del documento de identidad o carné de residencia italiana.
11. Carta de responsabilidad, si procede.
12. Pasaporte nacional o de un certificado de ciudadanía o libreta de navegación expedida por la República italiana siempre que figu re la mención de que el titular es ciudadano italiano.
13. Carta de responsabilidad y certificación que compruebe el parentesco, en caso de tener dependientes.
