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POR RAZONES ECONÓMICAS

Solvencia económica propia por inversión mixta

Texto informativo basado en el documento oficial enlazado. Documento oficial ↗

Fuente consultada: 03/11/2026

Requisitos del trámite

Página 1

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN

REQUISITOS PARA SOLICITAR PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE POR RAZONES DE SOLVENCIA ECONOMICA PROPIA POR INVERSIÓN MIXTA - DEPÓSITO A PLAZO FIJO YBIENESINMUEBLES (PPT-SEP-IM)

Artículo 19 4: Extranjero que invierta la suma mínima de trescientos mil balboas (300,000.00) en bienes inmuebles o plazo fijo; o combinación de ambos y demuestre que los fondos provienen del extranjero.

Este Permiso será por término de dos (2) años, luego de transcurrido este período el solicitante podrá optar por la residencia permanente.

En caso de traer dependientes debe incrementar la inversión a dos mil balboas (B/.2,000.00) por cada dependiente, la cual puede justificarse por referencia bancaria local.

1. Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la nacionalidad de los padres del solicitante.

2. Tres (3) fotografías.

3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado correspondiente).

4. Certificado de Antecedentes Penales.

5. Certificado de Salud.

6. Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.

7. Cheque Certificado por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.

8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.

9. Certificación bancaria de que ha hecho apertura de una cuenta de depósito a plazo fijo a nombre del solicitante, por el monto de trescientos mil balboas (B/300,000.00) o su equivalente en moneda extranjera y con una duración mínima de tres (3) años, en cualquier banco de licencia general en el territorio nacional. Este plazo fijo debe estar libre de gravamen.

10. Copia del certificado a plazo fijo autenticada por el banco.

11. Certificación del Registro Público que compruebe la propiedad de los bienes inmuebles, a título personal del solicitante con un valor mínimo de trescientos mil (B/ 300.000.00). La certificación debe indicar que la finca está libre de gravámenes.

12. En caso de dependientes: 12.1 Carta de responsabilidad. 12.2 Constancia de parentesco. 12.3 Prueba de domicilio. 12.4 Mayor de 18 años presentar certificado de soltería y estudios certificados.

EXCEPCIONES A LA REGLA:

1. Cuando los inmuebles estén a nombre de una fundación de interés privado, el extranjero podrá solicitar este permiso siempre y cuando demuestre que el fundador y él o sus dependientes sean los beneficiarios. El certificado de Registro Público deberá mostrar la designación de fundador y beneficiario.

2. En el caso de que el artículo de los bienes inmuebles, estén a nombre de una sociedad anónima, el extranjero podrá solicitar este permiso siempre y cuando las acciones sean nominales y estén a nombre del solicitante y dependiente. No se admitirán acciones al portador.

“EN LOS CASOS DE SOLVENCIA ECON ÓMICA PROPIA POR RAZONES DE INVERSIÓN MIXTA, SE DEBE ACLARAR QUE LA SUMATORIA TOTAL DE LOS BIENES INVERTIDOS DEBERÁ SER POR UN VALOR DE TRESCIENTOS MIL BALBOAS CON 00/100 (B/.300,000.00). AMBOS BIENES DEBERÁN ESTAR LIBRES DE GRÁVAMENES”.

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PERMANENCIA DEFINITIVA POR RAZONES DE SOLVENCIA ECONÓMICA PROPIA POR INVERSIÓN MIXTA - DEPÓSITO A PLAZO FIJO Y BIENES INMUEBLES (PRP-SEP-IM)

Para Solicitar la Permanencia Definitiva se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques.

FUNDAMENTO LEGAL: Constitución Política de la República de Panamá, Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008, Decreto Ejecutivo No. 320 de 08 de agosto de 2008, artículos 192. 193, 194 y 195, modificado mediante Decreto Ejecutivo No. 26 de 02 de marzo de 2009, Ley 38 de 2000.

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