REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
REQUISITOS PARA SOLICITAR RETORNO VOLUNTARIO
1. Formulario o Carta dirigida al Licenciado Roger Mojica Rivera, Director General del Servicio Nacional de Migración, donde usted solicita su Retorno Voluntario, explicando el motivo de viaje, (El retorno voluntario es a su país de origen o residencia, en caso de residencia debe aportar copia de la misma).
2. Pasaporte original y copia solamente de las generales , donde están sus datos biográficos, y el último Sello de entrada al país.
➢ Si va a viajar por Tica Bus, presentar o verificar si necesita visa de tránsito, por los países donde va a transitar; en caso de requerirla traer la copia. ➢ En caso de no tener pasaporte, solicitar un pasaporte provisional en su consulado y esperar que se lo entreguen para poder acudir a solicitar el Retorno Voluntario. ➢ Si tiene solicitud de ONPAR, debe aportar la Resolución con sello de notificado de dicho trámite y después solicitar el retorno voluntario.
3. Mantener Registro Único de Extranjería (RUEX), de lo contrario debe ser registrado, y cancelar Cinco balboas (B/.5.00), aportar dos (2) fotos tamaño carnet (recientes).
4. Aportar copia del pasaje confirmado, de cinco (5) a siete (7) días hábiles para el proceso.
5. Certificado de matrimonio, en caso de estar casado con panameño (a) o Certificado de nacimiento en caso de tener hijos (a) panameños, con sus respectivos timbres fiscales.
Los mismos tendrán un impedimento de Entrada de Dos (2) a Cinco (5) años al país, excepto los que tienen hijos panameños o casados con panameños, no mantendrán impedimento de entrada sino alerta interna.
Los formularios se encuentran en la página web: W.W.W.MIGRACION.GOB.PA Constitución Política de la República de Panamá, Articulo 84 del Decreto Ley N.º 3 del 22 de febrero de 2008; Decreto Ejecutivo Nº320, de 08 de agosto de 2008, modificado mediante Decreto Ejecutivo No. 26 de 02 de marzo de 2009, Ley 38 de 2000.
