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RAZONES LABORALES

Personal contratado por el Gobierno nacional o entidades autónomas

Texto informativo basado en el documento oficial enlazado. Documento oficial ↗

Fuente consultada: 03/11/2026

Requisitos del trámite

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REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN

REQUISITOS PARA SOLICITAR PERMISO DE PERSONAL EXTRANJERO CONTRATADO POR EL GOBIERNO NACIONAL O ENTIDADES AUTÓNOMAS O SEMIAUTÓNOMAS

Podrá solicitar este permiso el extranjero que ingrese al país, a prestar servicios como personal contratado por el gobierno nacional o por entidades autóno mas o semi-autónoma.

1. Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la nacionalidad de los padres del solicitante.

2. Tres (3) fotografías.

3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado correspondiente).

4. Certificado de Antecedentes Penales.

5. Certificado de Salud.

6. Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.

7. Cheque Certificado por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.

8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.

9. Contrato de Trabajo refrendado por la Contraloría General de la República o copia de la Gaceta Oficial en la cual aparece el contrato publicado.

10. Comprobante de afiliación de la Caja del Seguro Social, con copia del carné.

REQUISITOS PARA SOLICITAR PRÓRROGA DEL PERMISO DE PERSONAL EXTRANJERO CONTRATADO POR EL GOBIERNO NACIONAL O ENTIDADES AUTÓNOMAS O SEMIAUTÓNOMAS

En caso de prórroga se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques. Adicionalmente deberá aportar los siguientes:

1. Certificación de la Caja de Seguro Social que acredite el pago de nueve (9) cuotas consecutivas, sin perjuicio de que haya cambiado de entidad gubernamental.

2. Último talonario de cheque emitido por el Estado,

3. Carta de trabajo emitida por la Contraloría General de la República o por la entidad gubernamental donde labore.

FUNDAMENTO LEGAL: Constitución Política de Panamá, Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 20 08, Decreto Ejecutivo No. 320 de 08 de agosto de 2008 artículos 68, 69 y 70, modificado por el Decreto Ejecutivo 26 de 02 de marzo de 2009. Ley 38 de 2000.

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